20 JUL 2014 - 9:14 PM
Corte Suprema condena a un internauta
En un fallo sin precedentes, la Corte Suprema de Justicia acaba de confirmar la condena a 18 meses y 20 días de prisión contra un internauta, Gonzalo Hernán López, por un comentario que dejó en el foro de los lectores de una noticia publicada por elpais.com.co en la que se mencionaba a la hoy directora de la Federación de Departamentos, Gloria Escalante.
“Y con semejante rata como Escalante que hasta del Club Colombia y Comfenalco la han echado por malos manejos que (sic) se puede esperar... ¿El ladrón descubriendo ladrones? ¡Bah!”, fue el comentario hecho por López a la nota titulada “Siguen capturas por ‘cartel de becas’ en Emcali”, publicada por El País de Cali el 26 de noviembre de 2008.
El director de la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip), Pedro Vaca, mostró serios reparos al fallo. “Este es un caso desproporcionado. Y la Corte Suprema, en vez de corregir eso y adaptarlo a estándares de libertad de expresión, lo que hace es dejarlo pasar y no abordar el debate de fondo. Es desproporcionado y el impacto que puede tener en el resto de foros de los lectores es muy delicado porque los foros en las páginas web de los periódicos suelen tener este tipo de comentarios. No es que este comentario sea la excepción”.
Por su parte, el analista Omar Rincón indicó que si la justicia va a considerar injuria lo dicho por López pues “(Álvaro) Uribe debería estar en la cárcel por todos los señalamientos que ha hecho y la cantidad de cosas que ha dicho que no son ciertas. Esto muestra una tendencia: que los jueces, la izquierda y la derecha, todos a los que les gusta ser los dueños de la verdad, tienen problemas con internet”.
Y agregó: “Si lo hacen ellos, está bien; si lo hace cualquier ciudadano, es gravísimo. Hay un clasismo alrededor de la opinión. Como si hubiera unos legitimados para opinar. En cambio a un pobre ciudadano que quiso desahogarse lo condenan. Esa es la lucha de internet: que todo ciudadano puede entrar en un diálogo robusto, moral. Ahí hay una discriminación. Si en la prensa tú puedes decir lo que quieras, ¿por qué internet tiene que ser penalizada?”.
Para Pedro Vaca, la Corte yerra al confundir opinión con información. “La justicia ha dividido la libertad de expresión entre información y opinión. Los comentarios en los foros tienen carácter de opinión y por ello se les aplican las reglas de la opinión: que no se puede aspirar a que lo dicho sea cierto o veraz y que tampoco debe ser imparcial”. Por ello, la Corte le endilga al internauta López —como si se tratara de un periodista o una persona pública— que no pudo demostrar “la veracidad de las imputaciones que elevó”.
En la sentencia de 37 páginas ese alto tribunal señala que a pesar de que Escalante sí fue sancionada, como lo señala López, no lo fue por los hechos narrados por el internauta. “No es cierto que en la resolución Nº 6 del 13 de septiembre de 2007 la junta directiva del Club Colombia haya considerado algún tema que tenga relación con el comentario publicado por el procesado en la página web del diario El País”.
Según el fallo, “en esa oportunidad se le impuso a Gloria Escalante —como socia y no como gerente— una sanción de un año de suspensión en el ejercicio de sus derechos como socia porque se tuvo conocimiento que ella cuando se había retirado del Club Colombia y laboraba en Comfenalco, pretendió obtener información reservada para la ejecución de sus fines corporativos”. Mejor dicho, Escalante sí fue sancionada, pero no por lo que López dijo.
Para Vaca, esto demuestra que la Corte “le aplica reglas de información a algo que es claramente una opinión”. En su criterio, si hubiera considerado el comentario de López como opinión, no lo habría condenado. La propia Corte Constitucional ha señalado que “la libertad de opinión incluye no sólo las expresiones bien recibidas por la sociedad sino también aquellas que pueden ser ofensivas o chocantes. Si uno mira los comentarios de esta persona pues claramente son ofensivos, pero lo que quiero decir es que esto es protegido por la Corte Constitucional”.
El director de la Flip dijo además que “la Corte se contradice con lo que ha establecido sobre los requisitos para que se aplique una injuria. Por ejemplo, que el hecho endilgado tenga la capacidad de afectar la honra de la persona. Nadie percibe los comentarios a las notas en internet como ciertos y no tienen esa capacidad de dañar, por ello tampoco se cumple el otro requisito: que la persona condenada tenga conciencia del daño. Todo el mundo percibe como algo irrelevante los comentarios que se hacen en estos foros. No hay una sola persona que vea una noticia y cambie su parecer sobre ella a partir de lo que se dice en un comentario”.
Se trata de un debate abierto pues, pese a lo afirmado por Vaca, muchos columnistas (como Héctor Abad Faciolince y Carolina Sanín) han bloqueado los foros dispuestos para los lectores de sus columnas en internet por cuenta de los insultos de algunos internautas. En una columna publicada en 2011, el escritor Gustavo Páez Escobar sostenía que “la sana controversia resulta útil para clarificar los temas, e incluso rectificarlos si fuere el caso. Lo deplorable está en la mala utilización que algunos lectores —amparados por el anonimato y movidos por pasiones abyectas— hacen de este canal diseñado para debatir los temas con altura”.
Páez advirtió en su columna que algunas personas consultadas por él, como el hoy negociador de paz Humberto de la Calle, le habían dicho que “todos hemos sido víctimas de eso que nada tiene que ver con la libertad de opinión sino con desviaciones escatológicas que se esconden tras el anonimato”. Otro persona consultada, el columnista Andrés Hoyos, le había dicho que “como está la cosa, parece tener la misma importancia la columna que el texto del comentarista anónimo. Deberían eliminarse los comentarios más ofensivos. Si al periódico, por razones de exagerada apertura mental, esto le parece antidemocrático, por lo menos convendría ocultar los insultos bajo una segunda cubierta”.
Al respecto, Pedro Vaca recordó que, como lo ha señalado la Corte Constitucional, “las personalidades públicas, como los funcionarios, deben ser más tolerantes a la crítica. Las personas que se exponen al escrutinio social se exponen también a que existan comentarios contrarios a ellos”. Igualmente lamentó que “el tema de la libertad de expresión en internet haga parte de una agenda que apenas se está iniciando en Colombia y que es relativamente nueva en muchos países. Los debates sobre temas como difamación, injuria o calumnia en internet no se han abordado a plenitud. Es lamentable que la Corte no lo haga. La Corte, teniendo la oportunidad de abordar de fondo un debate judicial, se limita a abordar los cargos del demandante”.
La controversia está servida. Para muchos, la justicia se había demorado en ponerle un tatequieto a estos internautas que desde el anonimato insultan y agreden la honra de muchos. En la otra orilla están quienes opinan que se le acaba de propinar un golpe muy fuerte a la libertad de expresión. Es cierto que estos foros de los lectores parecen más un caldo de cultivo para la infamia y el atropello que para generar un diálogo constructivo con los protagonistas de las noticias, el periodista o el medio de comunicación mismo. Pero, un comentario como el de Gonzalo López, ¿sí daba para tanto?
Fuente: http://www.elespectador.com/noticias/judicial/contra-libertad-de-expresion-articulo-505601